Nuevas competencias en materia de archivo para Secretaría e Intervención

Hoy entra en vigor el siguiente Real Decreto que define competencias en materia de archivo para Secretaría e Intervención.

Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional:
https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2018-3760

Artículo 3. Función pública de secretaría.
2. La función de fe pública comprende:
l) La superior dirección de los archivos y registros de la Entidad Local.

Artículo 4. Función de control y fiscalización interna de la gestión económica-financiera y presupuestaria y función de contabilidad.
2. La función de contabilidad comprende:
e) Organizar un adecuado sistema de archivo y conservación de toda la documentación e información contable que permita poner a disposición de los órganos de control los justificantes, documentos, cuentas o registros del sistema de información contable por ellos solicitados en los plazos requeridos.

Me llama la atención los párrafos relativos a las agrupaciones y acumulaciones (ahora se pueden constituir agrupaciones entre Entidades Locales de diferentes Comunidades Autónomas, y también se puede agrupar el puesto de Tesorería). Igualmente el hecho de que se pueda clasificar a una Secretaría en una clase inferior si determinados servicios son asumidos por otras entidades (Ej. Recaudación por Diputaciones).

Pregunto a los que trabajáis en archivos municipales, ahora que hay funciones definidas en materia de archivo:

  • ¿veis posible capacidad de acción por parte de los ayuntamientos para cumplir adecuadamente estas competencias?
  • en varias provincias, las Diputaciones desarrollan planes de organización de archivos municipales a los que se acogen las entidades locales. ¿creéis que este Real Decreto puede incentivar este tipo de actuaciones?

Un saludo,

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Creo q este Real Decreto no aporta nada en cuanto a las reivindicaciones de los Archiveros Municipales. Que se les asigne función directiva a los Secretarios Municipales de Archivos sólo dificulta más q en las entidades locales haya un Archivero con capacidad de decisión…y seguiremos estando a expensas de la voluntad y concienciación personal de cada Secretario.
En cuanto a unir servicios y depender de Diputaciones no es nada novedoso. Ya se podía hacer…la cuestión es q haya voluntad y recursos… no tiene sentido hacer una ley o reglamento si luego no se presupuesta para su aplicación…estoy cansada de ver ejemplos q no sirven ni llevan a nada.
Por otro lado tristemente si no se obliga mediante ley…o reglamento…hay aspectos q no se llegan a acometer…
Pero personalmente creo q no necesitamos un Secretario q nos dirija…sino un tipo de norma q obligue a los secretarios a permitir a los Archiveros q hagan su trabajo.

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Creo que es hasta más restrictiva que las anteriores leyes. Además, creo que ese mismo real decreto incluye que las sesiones de plenos en caso de conservarse en formato digital se haga un resumen en papel.

Para mi fundamental sería que, ya que los secretarios son los custodios de la documentación municipal, tuviesen un mínimo de conocimiento sobre la materia, de cara a ayuntamientos pequeños, y que fuesen conscientes en los ayuntamientos en los que hay personal, de la importancia del trabajo del archivero. Luego, en las noticias vemos como se rasgan las vestiduras por eliminar documentación o porque no aparecen determinados documentos… si desde el principio hiciesen las cosas siguiendo un esquema de mínimos en gestión documental, luego no habría tanta suspicacia en la gestión de los cargos públicos.

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